Calp abre el plazo para las ayudas a los gastos en la vivienda habitual

9 de julio de 2020

Desde el próximo lunes los jubilados y pensionistas con pocos recursos y los desempleados de larga duración, todos ellos residentes en Calp, podrán solicitar las ayudas a los gastos en la vivienda habitual

Este es el segundo año en que el Ayuntamiento de Calp ofrece estas ayudas que tienen como fin subvencionar el IBI con el fin de que no suponga un agravamiento de las condiciones de vida de las personas que sufren una situación económica desfavorecida.

Las ayudas podrán cubrir hasta el 75% del importe pagado del IBI con un límite máximo de 400 euros por persona beneficiaria.

La cuantía puede incrementarse en un 10% en el caso de personas con discapacidad o miembros de la unidad familiar que presenten discapacidad y que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33% o bien ser víctimas de violencia de género o formar parte de una familia monoparental.

Las ayudas a los gastos en la vivienda habitual se podrán solicitar entre el 13 y el 31 de julio en la Oficina de Atención al Ciudadano, con cita previa. Aunque también se puede tramitar de forma online si se dispone del certificado digital

Estas no son ayudas directas para paliar los efectos del COVID-19, para ello ya están las ayudas directas destinadas al comercio local o la duplicidad de las ayudas al comercio.

Requisitos

Para poder acceder a estas ayudas será necesario que las personas hayan satisfecho el IBI de su vivienda habitual situada en Calp en el ejercicio 2019, ya sea en régimen de propiedad o de arrendamiento.

Además, deberán ser mayores de 65 años o hayan cumplido esa edad en 2019 o bien menores de 65 años que sean pensionistas de la Seguridad Social durante 2019. Aunque también podrán optar a ellas las personas en situación de desempleo de larga duración durante el año pasado, es decir, los inscritos en los centros Labora al menos 360 días en un período de 540 días. 

Sumados a estos requisitos, tendrán que estar empadronados en la vivienda que genera el pago del IBI desde el 1 de enero hasta el 13 de julio de 2020, como mínimo, que el solicitante sea titular de una única vivienda en Calp y esta sea su residencia habitual, no disfrutar de las bonificaciones del IBI por familia numerosa y estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

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