Esta semana ha entrado en vigor la modificación de la ordenanza que permite bonificar hasta un 50% la cuota del IBI por la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar.
Esta bonificación se aplicará en el recibo del IBI de los tres primeros años tras la finalización de las obras de instalación, con un máximo de 400€.
De igual forma, se mantendrá la bonificación del 25% del IBI en los dos periodos impositivos siguientes con un límite máximo de 200€.
Para acceder a estas bonificaciones será necesario que los inmuebles beneficiados sean destinados a viviendas, que dispongan de potencia mínima instalada de 2 kw por cada 100m² de superficie construida y que la instalación de sistema de energía solar no sea obligatoria por la normativa de construcción.
El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que pueda exceder de tres periodos impositivos.
A las obras iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza les será aplicable la bonificación prevista que reste desde la finalización de las obras hasta los cincos años bonificables.
Las bonificaciones del IBI se solicitarán a través de SUMA y dicha bonificación se podrá aplicar como máximo a dos viviendas del mismo titular.
Con esta medida, desde el Ayuntamiento de Calp se pretende promover y facilitar la transición energética y establecer estímulos para favorecer la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de energía solar.
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